
El 26 de junio se aprobó en Catalunya la nueva ley de protección de animales. Indicamos seguidamente algunos aspectos de la misma.
4No vacunar un perro supone una infracción grave. Los cachorros criados para ser vendidos no podrán ser separados de la madre antes del destete recomendado para cada especie.
4Se condena el maltrato físico y psíquico de los animales de compañía. Así se prohiben mutilaciones con fines estéticos, tenerlos atados muchas horas y someterlos a trabajos inadecuados como, por ejemplo, filmar escenas de crueldad, aún siendo ficticias, si no se tiene el correspondiente permiso.
4Las tiendas han de cumplir unos requisitos de espacio y luz y no podrán exhibir a los animales en los escapatates, esto es considerado una falta grave. No se permite la exhibición ambulante o la donación de animales como premios o recompensas.
4Se obliga a que el personal de los comercios de venta de animales pase un curso de formación como cuidador.
4Será de cumplimiento obligado que tanto perros como gatos lleven su correspondiente microchip o un tatuaje.
4Los centros de cría y venta deberán poseer un libro de registro de entrada y salida de animales siempre correspondientemente identificados.
4La venta por parte de centros de cría sin que hayan sido declarado núcleos zoológicos se considera una infracción grave.
4Se prohíbe el sacrificio de perros y gatos abandonados.
4Queda prohibida la venta de animales de compañía a menosres de 16 años.
4Se prohibe la instalación de centros de cría de primates que tengan por objeto la reproducción y comercialización para experimentación animal.
4No tener el animal censado se considera falta leve.
4El tráfico de especies protegidas esta considerado de falta muy grave.
4Quedan prohibidas peleas de gallos y las exhibiciones feriales con ponis.
Equipo Torrese
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