
Ausencia de controles en las fronteras interiores de la Unión Europea
Un ciudadano europeo puede circular libremente en un gran número de países europeos (miembros del espacio Shengen), sin ser controlado ni tener que enseñar su pasaporte.
Ö Refuerzo de los controles en las fronteras exteriores
de la Unión Europea.
Esta medida se aplica en las fronteras con terceros países (p. e. entre España y Marruecos o entre Polonia y Ucrania), así como en los puertos y aeropuertos internacionales de todos los Estados miembros (p.e., a la llegada de buques procedentes de Sudamérica al puerto de Rótterdam o de aviones procedentes de Asia al aeropuerto de Budapest). Se concreta mediante la implantación progresiva de una política común de visados y otros permisos de residencia de corta duración, en disposiciones relativas a los controles a los que se someterá a aquellas personas que crucen las fronteras exteriores e incluso con un sistema integrado de gestión de fronteras exteriores.
Ö Política común de asilo
Esta política común se basa sobre todo en el establecimiento de un estatuto uniforme de asilo válido en toda la Unión Europea, en procedimientos comunes para conceder o retirar dicho estatuto y en la asociación y la cooperación con terceros países para gestionar los flujos de personas que solicitan el asilo. Esta política debe ajustarse a la Convención de Ginebra sobre refugiados.
Ö Política común de inmigración
Esta política común está destinada a garantizar la gestión eficaz de los flujos migratorios y el trato equitativo de los nacionales de terceros países que estén en situación de residencia regular. Se propone igualmente reforzar la lucha contra la inmigración ilegal y la trata de seres humanos (en particular, de mujeres y niños). Por otra parte, favorece la integración de los nacionales de terceros países que estén en situación de residencia regular. La Unión Europea podrá celebrar acuerdos con terceros países para facilitar la readmisión, en los países de origen o de procedencia de los extranjeros en situación de residencia ilegal.
Ö Refuerzo de la cooperación judicial en materia civil
Esta medida se basa en el principio de reconocimiento mutuo de las resoluciones judiciales y su ejecución, en la cooperación para la obtención de pruebas y un mejor acceso a la justicia.
Ö Refuerzo de la cooperación policial y judicial en materia penal
Esta medida se centra, en particular, en la mejora de la lucha contra el terrorismo, la explotación sexual de mujeres y niños, el tráfico de drogas, el blanqueo de dinero, la corrupción o la delincuencia organizada.
Ö Creación de una Fiscalía Europea
La existencia de una Fiscalía Europea permitirá combatir de una forma más eficaz la delincuencia internacional.
Ö Refuerzo y mejor control de Europa
Las policías europeas cooperan en una estructura llamada Europol. El ámbito de actuación de Europol podrá ampliarse, p.e., a las investigaciones o actividades operativas conjuntas. Además Europol está sujeta al control del Parlamento Europeo, de los Parlamentos nacionales y del Tribunal de Justicia.
Comunidades Europeas
Luxemburgo: Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas
http://europa.eu.int/futurum
Fotografías:
rocasdeltoro.com
esp.andalucia.com
informarn.nl