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| 12/03/2010 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Constitución para Europa ![]()
Texto íntegro de la Constitución: Información sobre la Unión Europea: http://europa.eu.int Origen y elaboración de la Constitución Los últimos quince años de la historia de la Unión Europea se han caracterizado por una serie de revisiones de los Tratados europeos. Cada una de ellas fue preparada por una Conferencia Intergubernamental (CIG) que reunió durante varios meses a los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros. La Comisión y el Parlamento Europeo participaron también en los trabajos de las CIG. El Acta Única Europea, firmada en febrero de 1986, permitió a la Unión construir su mercado único y establecer, dentro de su territorio, la libre circulación de personas, mercancías, servicios y capitales, en beneficio de las empresas y los ciudadanos europeos. El Tratado de Maastricht, firmado seis años después, en febrero de 1992, permitió a la Unión progresar en varios ámbitos: la introducción de una moneda única, una política exterior común y la cooperación en el ámbito de la justicia y los asuntos de interior. Después de Maastricht, no obstante, la profundización en la unión política europea perdió impulso. Las dos Conferencias Intergubernamentales que dieron lugar a la firma de los Tratados de Amsterdam, en 1997, y de Niza, en 2001, aunque hicieron posibles algunos logros, estuvieron animadas de una voluntad política menos firme y numerosas cuestiones institucionales, a pesar de revestir una importancia capital en vísperas de la ampliación de la Unión, permanecieron sin respuesta (cómo garantizar el buen funcionamiento de una Unión integrada por veinticinco o más Estados miembros, y cómo garantizar la legitimidad de las instituciones que representan a los Estados y los pueblos europeos). En diciembre de 2000, cuando los Jefes de Estado o de Gobierno de los quince Estados miembros, reunidos en Niza, concluyeron un acuerdo sobre la revisión de los Tratados, consideraron necesario proseguir con la reforma institucional que, en opinión de muchos, se abordaba de forma demasiado tímida en el Tratado de Niza. En consecuencia, el Consejo Europeo lanzó un debate más amplio y más profundo sobre el futuro de la Unión, que tenía por objetivo una nueva revisión de los Tratados. Un año después de Niza, El Consejo Europeo reunido en Laeken adoptó, el 15 de diciembre de 2001, la Declaración sobre el Futuro de la Unión Europea, por la que la Unión se compromete a hacerse más democrática, transparente y eficaz, y a abrir la vía hacia una Constitución para dar respuesta a las expectativas de los ciudadanos europeos. El método utilizado hasta el momento para revisar los Tratados ha recibido numerosas críticas. La construcción europea incumbe a todos los ciudadanos. Las etapas que jalonan su desarrollo no pueden seguir diciéndose en Conferencias Intergubernamentales, celebradas a puerta cerrada, con la participación de los responsables de los Gobiernos de los Estados miembros únicamente. Por esta razón, a fin de preparar la próxima Conferencia Intergubernamental de la forma más transparente y con la participación más amplia posibles, el Consejo Europeo decidió convocar una Convención que reuniera a las principales partes interesadas en el debate: representantes de los gobiernos de los quince Estados miembros y de los trece países candidatos, representantes de sus parlamentos nacionales, representantes del Parlamento Europeo y la Comisión Europea, así como trece observadores procedentes del Comité de las Regiones, el Comité Económico y Social, las organizaciones de los interlocutores sociales europeos y el Defensor del Pueblo Europeo. El método de la Convención ha permitido, por vez primera, que todos los puntos de vista europeos y nacionales se expresen en un debate amplio, abierto y transparente. El Consejo Europeo de Laeken definió el mandato de los 105 miembros de la Convención y sus suplentes, bajo la presidencia del Sr. Giscard d’Estaing. Se trataba de examinar las cuestiones esenciales que plantea el futuro desarrollo de la Unión, y de buscar respuestas que se presentarían en un documento que serviría de punto de partida a las negociaciones de la Conferencia Intergubernamental, la cual adoptaría, de conformidad con el Tratado de la Unión Europea, las decisiones definitivas. El Consejo Europeo de Laeken había planteado una serie de cuestiones: cómo garantizar una mejor distribución de las competencias de la Unión; cómo simplificar los instrumentos que permiten actuar; cómo último, cómo simplificar los Tratados actuales, y si esta simplificación puede conducir a la adopción de una Constitución europea. Para dirigir los debates de la Convención se constituyó un Praesidium, integrado por trece personalidades: el Presidente, el Sr. Giscard d’Estaing, y los dos Vicepresidentes, los Sres. Amato y Dehaene; los representantes de los Gobiernos de los tres Estados miembros que ocuparon durante la Convención la Presidencia del Consejo; dos representantes de los parlamentos nacionales, dos representantes del Parlamento Europeo y dos representantes de la Comisión (los Sres. Barnier y Vitorino). Se invitó a participar en las reuniones al representante del Parlamento de Eslovenia. La primera sesión de la Convención tuvo lugar el 28 de febrero de 2002. La Convención se reunió durante quince meses en sesiones plenarias de dos o tres días de duración, a razón de una o dos reuniones por mes, en los locales del Parlamento Europeo en Bruselas. Paralelamente a las sesiones plenarias de la Convención, se organizaron grupos de trabajo o círculos de reflexión encargados de una serie de temas específicos y presidido cada uno de ellos por un miembro del Praesidium. En aras de la transparencia, las contribuciones de los miembros de la Convención, las actas de los debates y los proyectos de documentos debatidos se publicaron en un sitio de la Convención en Internet (http://european-convention.eu.int). Con el fin de ampliar aún más el debate y de contar con la participación del conjunto de los ciudadanos, se consagró una sesión plenaria de la Convención a escuchar a la sociedad civil. Siguiendo el modelo de los grupos de trabajo se crearon grupos de contacto, que permitieron también a las organizaciones de la sociedad civil expresar su opinión. Se creó un Foro para estas organizaciones (interlocutores sociales, círculos económicos, ONG, círculos académicos, etc.) que pudieron publicar en un sitio Internet creado al efecto (http://europa.eu.int/futurum/forum_convention) sus contribuciones ala debate sobre el futuro de la Unión. En el sitio Futurum (http://europa.eu.int/futurum) se han seguido publicando todos los documentos y enlaces, de diversa procedencia, relativos al debate sobre el futuro de la Unión Europea. Tras más de un año de debates, la Convención llegó a un consenso para transmitir un proyecto de Constitución al Consejo Europeo. El Sr. Giscard d’Estaing pudo así presentar los resultados de los trabajos de la Convención en el Consejo Europeo de Salónica, el 20 de junio de 2003. El Consejo Europeo consideró que el proyecto de Tratado constitucional presentado por la Convención era una etapa histórica para alcanzar el objetivo de la integración europea, a saber: acercar la Un ión a sus ciudadanos; fortalecer el funcionamiento democrático de nuestra Unión; facilitar la capacidad de nuestra Un ión para intervenir como fuerza coherente y unificada en el ámbito internacional y responder con eficacia a los retos de la mundialización. El Consejo Europeo estimó que la Convención había dado muestras de su utilidad como foro de diálogo democrático. Tras una última reunión de los miembros de la Convención, se entregó a la Presidencia del Consejo Europeo el proyecto final de la Convención, el 18 de junio de 2003 en Roma. El texto presentado por la Convención sirvió de base para los trabajos de la Conferencia Intergubernamental, que reunió a los representantes de los Gobiernos de los veinticinco Estados miembros actuales, así como de la Comisión Europea y del Parlamento Europeo. Los tres países candidatos, Bulgaria, Rumania y Turquía, también participaron en todas las reuniones de la CIG. La Conferencia se reunió varias veces, a partir del mes de octubre de 2003 a nivel de los ministros de Asuntos Exteriores y de Jefes de Estado o de Gobierno. Tras ocho meses de negociaciones, la Conferencia clausuró sus trabajos constatando el acuerdo de los Gobiernos de los veinticinco Estados miembros, en el Consejo Europeo de Bruselas celebrado los días 17 y 18 de junio de 2004. Los documentos relativos a los trabajos de la CIG se han publicado en el sitio del Consejo de la Unión dedicado a la CIG (http://ue.eu.int/cma3_fo/showPage.ASP?id=251&lang=es). La Constitución, que ha sido adoptada por los Jefes de Estado o de Gobierno, será firmada por éstos, y posteriormente será ratificada por cada Estado miembro según sus propias normas constitucionales (es decir, mediante procedimiento parlamentario y/o referéndum). La Constitución no entrará en vigor hasta que la hayan ratificado los veinticinco Estados miembros.
Luxemburgo: Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas, 2004. © Comunidades Europeas, 2004.
Imagen: www.rnw.nl/informarn
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