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  12/10/2008
 

 Padres o madres “secuestradores”

 


Son aquellos que, después de una separación, aprovechan el turno de visitas para llevar a sus hijos a vivir con ellos a otro país sin disponer de autorización, sin tener en cuenta la voluntad del otro progenitor, de forma unilateral.

 

Soluciones

España forma parte del Convenio de La Haya de 1980 sobre Sustracción Internacional de Menores. Este tratado garantiza que cada estado  miembro disponga de un mecanismo rápido y eficiente que garantice la devolución inmediata de los menores al país de su residencia habitual, sin permitir que las autoridades del país donde el menor ha sido trasladado o retenido entren en el fondo del conflicto. Estos casos cada vez se dan más debido a la mayor movilidad geográfica y a los matrimonios de diferentes nacionalidades.

El traslado de un menor es ilícito cuando se infringen los derechos de custodia según la definición del Convenio y teniendo en cuenta las leyes del país de la residencia habitual del menor. Hay que analizar cada caso y ver la legislación de los países implicados ya que podría no coincidir en algunos aspectos. En el caso de parejas no casadas, será de suma importancia la cuestión del reconocimiento paterno y del alcance de los derechos que la ley aplicable otorgue al padre no casado.

El Convenio de la Haya prevé algunas excepciones cuando el interés del menor pudiera exigirlo. Podría ser la justificación de la existencia de un riesgo grave para el menor si es devuelto a su país de residencia o que, dependiendo de la edad y madurez del menor, los tribunales del estado requerido pueden llegar a tener en cuenta la negativa del menor a ser devuelto y denegar la misma.

Cuando un progenitor se vea ante un caso de “retención ilícita” de su hijo deberá de asesorarse con especialistas. La demanda para que el menor sea devuelto tendrá que hacerse con rapidez ya que el transcurso del tiempo puede volverse en su contra y se podría consolidar una situación ilícita.

Tiempo que transcurre para recuperar al menor

Depende del país y de si se recurre directamente a la vía judicial con medios privados o de si se utiliza el servicio público de autoridades centrales previsto por el propio Convenio. Hay países en que se resuelve en pocas semanas. En España, los expedientes tramitados ante la autoridad central, donde se centralizan para ser remitidos desde allí a los tribunales, se prolongan mucho debido a la poca dotación de recursos públicos y a la acumulación de casos. Pueden pasar varios meses antes de solucionar el caso.

Si el país al que ha sido trasladado el menor no forma parte del Convenio de la Haya, la posible solución dependerá de si el sistema judicial del país en cuestión funciona o no con un mínimo de garantías. Hay casos en que el progenitor al que le han sido sustraídos los hijos no los vuelve a ver más.


 

Equipo Torrese

 

Fuente: Doménech Mascaró, abogados

 

Fotografía original: radio.cz

 

 

 

 
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