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| 11/02/2012 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Cómo crear una sociedad limitada en 72 horas ![]()
Prestaciones de los Puntos PAIT Ö Los puntos PAIT prestan a los emprendedores determinados servicios gratuitos, como realizar el trámite de Constitución de una Sociedad Limitada Nueva Empresa o una Sociedad Limitada. Ö Informan sobre todo lo relacionado con la creación de empresas, siendo una de las fuentes principales de información y servicios, el Portal PYME. Ö Ayudan al emprendedor en la elaboración/tutorización del Plan de Empresa interactivo de la DGPYME que permita mostrar la viabilidad de la idea empresarial. Ö Informan sobre temática empresarial general como: Financiación Ö En cuanto al trámite administrativo de constitución de la Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE) y Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL), cumplimentan el DUE (Documento Único Electrónico) e inician su tramitación telemática. Ö Ayudan a realizar la solicitud del código ID-CIRCE y la reserva de la denominación social cuando así lo solicite un emprendedor que opte por la tramitación presencial. Ö Guardan toda la documentación que aporte el emprendedor para llevar a cabo la cumplimentación del DUE y su posterior tramitación. Ö En cuanto a la Ley Orgánica de Protección de Datos, los PAIT observan una serie de obligaciones referidas al uso correcto de los datos, su no divulgación a terceros y la adopción de las medidas necesarias que garanticen la seguridad de los datos.
Pasos a seguir Ö Ir al PAIT más próximo y pedir cita para rellanar el DUE. Ö Buscar un Notario que autorice la escritura de constitución. Ö Redactar los estatutos sociales. Ö Solicitar la certificación negativa de nombre o razón social en el Registro Mercantil (esta gestión la puede hacer el Notario o el PAIT). Ö Dentro del periodo de vigencia de la correspondiente reserva temporal de denominación social, presentar esa certificación ante el PAIT y ante el Notario. Si ha sido él quien ha realizado la gestión, deberá remitir ese certificado telemáticamente, y con su firma electrónica, al PAIT que se tenga de referencia. Ö Averiguar el epígrafe de IAE (Impuesto Actividades Económicas) en la Agencia Tributaria. Ö Solicitar la licencia de apertura en el Ayuntamiento correspondiente. Ö Una vez hechas estas gestiones hay que ir al PAIT que se haya escogido para rellenar el DUE. No hay que olvidar especificar la forma jurídica de Sociedad de responsabilidad Limitada. Ö Concertar la cita con el Notario. Ö Abrir una cuenta bancaria para el depósito del capital social y realizar el ingreso (algo más de tres mil euros). El banco o caja emitirá un certificado que acredite ante el Notario la veracidad del ingreso. Ö Acudir todos los socios ante el Notario para firmar la escritura y obtener el CIF provisional.
Documentos necesarios para rellenar el DUE Ö Fotocopia y original de los DNI de todos los socios. Si son ciudadanos de la UE, llevar la fotocopia y el original de sus NIE (Número de Identificación de Extranjero), y si son de un país fuera de la UE, sus NIE y permisos de residencia y trabajo por cuenta propia. Ö Fotocopia y original de la tarjeta de la Seguridad Social de los socios administradores o trabajadores, u otro documento que acredite su número de filiación. Ö Recopilación los datos personales de todos los socios y, en caso de estar casados, tomar nota de sus cónyuges, sin olvidar sus DNI o NIE. Indicar el régimen matrimonial, bienes gananciales o separación de bienes. Ö Dar cuenta de los porcentajes de participación en el capital social y de los administradores. En relación con la adscripción al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, la base de Cotización elegida y la mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Ö Domicilio social de la empresa, metros cuadrados, código postal y teléfono. Ö Si se ha solicitado la Licencia de apertura, facilitar el número de referencia. Ö Número de cuenta bancaria para el pago aplazado del ITP-AJD (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos jurídicos Documentados), que es el 1% del capital social. Igualmente se necesita el número de cuenta para pagar la reserva del nombre social en el Registro Mercantil, si aún no se ha pagado. Si se ha pagado, aportar el justificante correspondiente. Ö Si se quiere pagar al Registro mercantil con tarjeta de crédito, no olvidar llevarla encima. Ö Fotocopia y original del DNI de todos los trabajadores. Si son de la UE, llevar sus NIE comunitario. Si no lo son, llevar el NIE y permiso de residencia y trabajo. Ö Fotocopia y original de la tarjeta de la Seguridad Social de los trabajadores u otro documento que acredite el número de afiliación a la Seguridad Social. Ö Si se decide contratar los servicios de registro de dominio en Internet, se necesitará una dirección de correo electrónico y un número de tarjeta bancaria si se quiere pagar de esta forma. Ö La legislación tiene en cuenta la protección de los datos personales. Así se especifica el Real Decreto 1332/2006: “Los PAIT únicamente podrán recabar datos personales directamente de sus titulares o previo consentimiento explícito de éstos, y sólo en la medida necesaria para la realización de los trámites contemplados en este real decreto.”
Gastos de constitución de una SL Ö Capital mínimo: 3.005 euros. Ö Notaria: depende del capital social suscrito. Ö Certificación negativa de Denominación Social: 13,94 si se gestiona por Internet, 6,97 si se hace en persona. Ö Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos jurídicos Documentados (ITP y AJD): 1% sobre el capital social. Ö Impuestos de Actividades Económicas: se paga una cuota por cada una de las actividades que desarrolle la empresa. Ö Licencia de obras: depende de cada Ayuntamiento. La media está en un 3% sobre el presupuesto de ejecución. Ö Licencia de apertura: tanto si es una actividad inocua como si está sujeta a la normativa de protección ambiental, estas tasas varían en cada Ayuntamiento. Ö Libros de documentación social y contable, más su correspondiente registro: unos 30 euros.
Equipo Torrese Fuentes: Fotografías:
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