
Antes de firmar un contrato de trabajo hay que conocer bien su contenido:
¨ Duración
Puede ser indefinida (contrato fijo) o tener una duración determinada (temporal).
¨ Categoría
Indica las funciones a desarrollar conforme a su definición en el convenio colectivo, y determinarán el salario base. Es importante para futuros empleos, sobre todo en la Administración, y para acreditar las funciones anteriores si hay un cambio impuesto de las condiciones de trabajo.
¨ Centro de trabajo
El lugar de prestación de servicios es muy importante para las futuras modificaciones de las condiciones de trabajo.
¨ Jornada
Establece si trabajamos a jornada completa o parcial. En este último caso, debe concretarse el porcentaje que supone con respecto a la completa. Es importante que quede el horario lo más definido posible, con vista a futuras modificaciones.
¨ Periodo de prueba
Es optativo establecerlo o no. De acordarlo, se debe reflejar por escrito. Su duración máxima se fija en los convenios colectivos. Si no es así, no podrá exceder de seis meses para los técnicos titulados y de dos para el resto. El empleado tiene los mismos derechos y obligaciones en ese tiempo, que computa a efectos de antigüedad. Se podrá rescindir sin alegar causa y sin preaviso, salvo pacto en contrario.
¨ Salario
Figura habitualmente el sueldo bruto anual (aunque puede aparecer el bruto mensual), por lo que hay que aplicarle los descuentos de Seguridad Social (normalmente 6,40 por ciento) y el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
¨ Vacaciones
El mínimo es de treinta días naturales.
¨ Convenio colectivo
Es determinante que conste el convenio colectivo, pues establece muchas más condiciones que el contrato (permisos, sanciones, periodos de prueba, etc.).
¨ Cláusulas adicionales
Pueden incluirse muchas –las más comunes son las de competencia, exclusividad y permanencia- pero no es habitual.
Asociación de Abogados Laboralistas.
Revista Expansión, nº 30, 20-11-2006
Fotografías:
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