![]() |
|
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| 07/09/2008 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
Consejo Europeo ![]()
Función del Consejo Europeo Es la institución encargada de dar a la Unión el impulso político necesario para su desarrollo. No ejerce ninguna función legislativa. Por regla general, se pronuncia por consenso. La Constitución prevé una reunión del Consejo Europeo por trimestre. Composición El Consejo Europeo está compuesto por los Jefes de Estado o de Gobierno de los Estados miembros, así como por su Presidente y el Presidente de la Comisión. Según la Constitución, el nuevo Ministro de Asuntos Exteriores de la Unión también participará de los trabajos del Consejo Europeo. El Presidente del Consejo Europeo Actualmente, el Consejo Europeo, al igual que todas las instancias del Consejo, lo preside el Estado miembro que ejerce durante seis meses la Presidencia de la Unión, según un orden preestablecido. La Convención propuso modificar este sistema creando la función permanente de Presidente del Consejo Europeo, elegido por el mismo Consejo por un período de dos años y medio, renovable una vez. La función de este Presidente será presidir y dinamizar los trabajos del Consejo Europeo. Ejercerá también tareas de representación, a alto nivel, de la Unión en el ámbito de la política exterior y de seguridad común.
Luxemburgo: Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas, 2004 Copyright: Comunidades Europeas, 2004
Imagen: 2rnw.nl
|
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| ©
Creactivitat 2002 quiénes somos - políticas de uso - políticas de privacidad - publicidad |