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| 12/02/2012 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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JURIF Advocats - Consultors
JURIF Advocats - Consultors - ofrece tanto servicios jurídicos especializados en cada una de las áreas del derecho, dando un servicio jurídico integral a particulares y a pequeñas y grandes empresas, como un servicio de consultoria empresarial dirigido a cubrir las necesidades contables, fiscales y laborales de empresas y autónomos. Una de las máximas de nuestro despacho es el trato personalizado y la información a nuestros clientes de forma puntual e inmediata del seguimiento del caso.
1. Ambos deberán rellenar el formulario que le remitiremos mediante correo electrónico. Los dos deberán coincidir en todos los puntos referentes a los efectos de la separación o divorcio, los cuales le detallaremos en nuestro correo. Primero, ambos deberán acudir a nuestro despacho o al del Procurador indicado al objeto de firmar la documentación necesaria que nosotros remitiremos a aquél. A esta cita deberán aportar el Libro de Familia, certificado original de matrimonio y del nacimiento de los hijos (si los tuvieren) y demás documentación que le señalaremos previamente. Segundo, el día en que los señale el Juzgado, deberán acudir al Juzgado correspondiente acompañados por un miembro de nuestro despacho o por el procurador con el único fin de ratificarse por separado sobre su voluntad de obtener la separación o divorcio y sobre la conformidad en todos los puntos del Convenio Regulador (generalmente, se cumple el trámite con la siguiente afirmación de cada uno de los cónyuges: “SÍ, ME RATIFICO EN ELLO” ). Y tercero, una vez nuestro Procurador haya recibido la definitiva Sentencia de Separación o Divorcio, podrán acudir a recojerla o se la remitiremos donde nos digan. 5. El Juzgado comunicará de oficio la separación o divorcio al Registro Civil a efectos de que exista suficiente constancia de ello.
1. La diferencia principal entre el divorcio y la separación consiste en que en el primero desaparece el vínculo matrimonial (lo que permite volver a contraer matrimonio), mientras que en la separación ese vinculo sólo queda suspendido y, por lo tanto, ninguno de los cónyuges separados puede contraer matrimonio con otra persona. 2. La suspensión que se produce en la separación supone que cesan ciertos deberes y presunciones legales. Así, por ejemplo, cesa el deber de guardarse fidelidad, el de vivir juntos y la presunción de paternidad respecto a los hijos concebidos por la esposa en el periodo en que la separación sea ya efectiva. 3. Los plazos para obtener la sentencia de divorcio o de separación son mucho más cortos si los cónyuges actúan de mutuo acuerdo. Lo normal es que el procedimiento tenga una duración de 2 a 4 meses, mientras en el supuesto de que el procedimiento sea contencioso (es decir, que los dos cónyuges litiguen por separado y enfrentados entre si) la solución del litigio puede durar años, y suponer un mayor coste económico en materia de honorarios de abogados y procuradores. 4. La separación viene configurada legalmente como fase previa al divorcio y como etapa de reflexión previa a la decisión de divorciarse o no, mientras que el divorcio es el cauce para liberar a los consortes definitivamente del vínculo matrimonial. 5. La separación, al suspender sólo ciertos deberes y presunciones matrimoniales, admite la reconciliación entre los cónyuges. Por el contrario, el divorcio no admite reconciliación, ya que extingue el vínculo matrimonial. En este caso , si se tiene intención de reanudar la relación matrimonial, los interesados tendrán que volver a contraer matrimonio.
“Si tiene alguna duda y quiere hacernos una consulta sobre su situación matrimonial y sobre la posibilidad de poder separarse o divorciarse, rellene el siguiente cuestionario.
En nuestro Ordenamiento Jurídico se denomina PAREJA DE HECHO a la unión estable de dos personas, parecida a la matrimonial, que se caracteriza precisamente por no haber mediado ceremonia civil o religiosa que reconozca esa situación. En la actualidad la Ley Española reconoce esa situación y ofrece a los que han formado parte de una Pareja de Hecho, en la que existan hijos comunes, la posibilidad de iniciar un procedimiento judicial que declare el fin de esa Unión estable, parecido a los trámites de la Separación y del Divorcio, pero que recibe el nombre de Procedimiento de Guardia y Custodia y/o Alimentos. Este procedimiento tiene como fin primordial no dejar desamparados a los hijos comunes de la pareja. • Si desea más información, acceda al apartado “CONSULTA” • Si desea iniciar los trámites judiciales y su pareja está de acuerdo en ello, haga clic en “FORMULARIO”
“ Los plazos para obtener la sentencia de separación, divorcios y, en su caso, sobre guardia y custodia, son mucho más cortos si ambos cónyuges actúan de MUTUO ACUERDO. Lo normal es que un procedimiento judicial de separación y/o divorcio consensual tenga una duración de dos a cuatro meses. No obstante, la duración concreta puede variar de un Juzgado a otro, por lo que debemos advertir que el plazo antes indicado es meramente aproximativo, si bien, bastante ajustado a la realidad. Estos brevísimos plazos son una ventaja más para los cónyuges que decidan separarse/divorciarse de mutuo acuerdo y ello, sobretodo, si se tiene en cuenta la duración de los procedimientos de separación o divorcio en la que las dos partes, en lugar de actuar consensuadamente, litigan enfrentándose cada una con abogados distintos. En este caso, el PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO puede durar años, pues cabe la posibilidad de recurrir y apelar la primera sentencia, lo que supone, además un mayor coste en materia de honorarios devengados por los abogados y procuradores intervinientes.”
“ En el supuesto de que sea imposible que usted llegue a un acuerdo con su cónyuge y tenga intención de demandarlo para obtener la Separación o Divorcio, ponemos a su disposición la posibilidad de defenderle judicialmente. El servicio engloba tanto la presentación de la Demanda de Separación o Divorcio, como la Contestación judicial a la Demanda que haya podido presentar su Cónyuge, con todos los posteriores trámites judiciales, en ambos casos, hasta que se dicte la pertinente Sentencia. En cualquier caso y antes de celebrarse el juicio, intentaremos llegar a un acuerdo extrajudicial con la otra parte, intentando satisfacer los intereses de los dos litigantes. Para iniciar el procedimiento judicial de Separación o Divorcios contencioso, acceda al apartado “CONSULTAS” y pídanos cita.
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